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TOP DE SAN FERNANDO CONDENA A 120 HORAS DE SERVICIO A LA COMUNIDAD A AUTOR DE RECEPTACIÓN

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando condenó a Diego Elías Ramírez Guzmán a la pena de 61 de presidio, la que se da por cumplida por el mayor tiempo que permaneció privado de libertad, y al pago de 5 UTM (unidades tributarias mensuales), sanción pecuniaria que se sustituye por la pena de 120 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, en calidad de autor del delito de receptación. Ilícito perpetrado en mayo del año pasado, en la comuna.
En fallo unánime (causa rol 12-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Marisol López Machuca (presidenta), Felipe Cortés Ibacache y Carlos Pérez Díaz (redactor)– condenó, además, a Ramírez Guzmán al pago de las costas de la causa.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 22 horas del 31 de mayo de 2019, “la víctima J.S.S.G., dejó estacionado en Avda. Manso de Velasco frente al número 932 de la comuna de San Fernando su vehículo marca Nissan, en el que mediante la fractura del vidrio del costado del copiloto sufrió el robo de diversas especies, entre ellas,  un par de zapatos de mujer, un pantalón de vestir, un calientacamas, ropa de cama, una billetera en cuyo interior se encontraba toda la documentación del vehículo. Dichas especies, el mismo día y en horas de la madrugada fueron encontradas en poder del acusado, quien no pudo dar explicación suficiente del origen de estas, no pudiendo menos que conocer su origen ilícito”.
El fallo agrega que: “El Ministerio Público al imputar el delito de robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público debía acreditar, entre otros elementos, que el acusado en la comisión del ilícito había fracturado los mecanismos de protección (ventanas) del automóvil de la víctima, antecedente que no resultó acreditado, pues como se explicará, ninguna de las pruebas incorporadas atribuyó esta acción al encartado ni existieron indicios para elaborar una presunción en dicho sentido. En suma, la prueba de cargo fue insuficiente para acreditar respecto del acusado el elemento fuerza que exige el delito de robo”.

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